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La instalación, reparación y mantenimiento de las puertas automáticas debe ajustarse en lo dispuesto en las normas UNE12635 y en el Real Decreto 1644/2008 de 10 de Octubre sobre comercialización y puesta en servicio de máquinas.

AFECTA A TODAS LAS PUERTAS INSTALADAS CON INDEPENDENCIA DE SU FECHA DE INSTALACIÓN

Esta normativa está en vigor desde el 23 de Diciembre de 2009

¿Quién controla el cumplimiento de la normativa?

El control de la normativa y la vigilancia de su cumplimiento corresponde al Ministerio de Industria, si bien las políticas de vigilancia del mercado están transferidas a las diferentes CC.AA. En Baleares, el control de las normativas depende de la Direcció general d´Industria i Energia.

¿Cómo cumplir con la normativa?

El Ministerio de Industria establece que los trabajos a realizar sobre este tipo de puertas deben hacerlo empresas cualificadas.

Por ello para cumplir con esta normativa, que AFECTA A TODAS LAS PUERTAS YA INSTALADAS, solo deben ponerse en manos de cualquier empresa asociada a ARIMPA que se encargará de todo.

Las empresas asociadas a ARIMPA están certificadas por la entidad acreditada OCACERT en el cumplimiento de la norma UNE12635:2002+A1:2009, siendo auditadas anualmente para mayor seguridad.

Las empresas asociadas disponen de todos los medios para instalar, mantener y reparar sus puertas con todas las garantías, y podrán informarle mejor de los requisitos de seguridad adicionales que puedan requerir sus puertas.

ARIMPA BALEAR es la única asociación cuyos miembros están cualificados en esta norma en toda España.

Requisitos a cumplir por las puertas automáticas

Las puertas automáticas son consideradas máquinas, por lo que cada puerta deberá disponer de la siguiente documentación:

1 MANUAL DE USO Y MANTENIMIENTO
en el que figuren las consideraciones de seguridad necesarias.

2 MANUAL DE USO Y MANTENIMIENTO
en el que aparezcan las operaciones de mantenimiento y
reparación realizados en la puerta.

3ETIQUETA CE DE LA MÁQUINA
en el que deben constar:

– Datos de la empresa instaladora, reparadora o mantenedora
– Nº de serie de la puerta y año de emisión de la etiqueta
– Tipo de puerta y el uso previsto de dicho producto.

Debe ir pegada sobre la puerta y tener carácter permanente.

4DECLARACIÓN DE CONFORMIDAD
emitida por la empresa cualificada que realice la instalación, reparación o mantenimiento.

EXPEDIENTE TÉCNICO DE LA PUERTA
Estudio de planos y análisis de los riesgos previsibles derivados del uso e instalación.
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